Concepto seleccionado: Pleno dominio

Definición

Se define como de pleno derecho cuando el derecho a usar y disponer de un bien es total, sin más limitaciones que las que previenen las leyes y reglamentos.

Fuente

Metodologías de las estadísticas elaboradas a partir de información del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España (CORPME)

Tema

Operaciones estadísticas

(enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)

Conceptos asociados



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