Concepto seleccionado: Pensión alimenticia

Definición

Cantidad que, por su disposición convencional, testamentaria, legal o judicial, ha de pasar una persona a otra, o a su representante legal, a fin de que pueda alimentarse y cumplir otros fines esenciales de la existencia.

Fuente

Nulidades, Separaciones y Divorcios. Metodología

Tema

Operaciones estadísticas

(enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)

Conceptos asociados

    No existen conceptos relacionados


Volver     Imprimir