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Concepto seleccionado: Residuos municipales
Definición
Son aquellos residuos procedentes de la recogida en el ámbito urbano, que son competencia de las entidades locales o diputaciones forales, cuando proceda, y que comprenden las siguientes categorías: metálicos, vidrio, papel y cartón, plástico, madera, textiles, equipos desechados, pilas y acumuladores, animales y productos alimenticios mezclados, vegetales, domésticos y similares, otros residuos minerales y suelos.Notas
A efectos de las obligaciones de información respecto a organismos internacionales (OCDE y Eurostat, etc.)Fuente
Ley de residuos y suelos contaminados Más informaciónTema
Operaciones estadísticas
(enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)Conceptos asociados
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