Concepto seleccionado: Explotación agrícola

Definición

Es una unidad, desde el punto de vista técnico y económico, con una gestión única y que lleva a cabo en el territorio económico español actividades agrícolas tanto como actividad principal como secundaria. Además la explotación puede tener otra actividad complementaria (no agrícola).
Dicha unidad económica, al ser única desde el punto de vista técnico y económico, se caracteriza por el uso en común de la mano de obra y de los medios de producción (maquinaria, tierra, instalaciones, abonos, etc.). Ello implica que si las parcelas de la explotación se encuentran en dos o más municipios, éstos no pueden estar muy alejados geográficamente.

Notas

La relación de actividades agrícolas y ganaderas se basa en la división 01 de la Clasificación de Actividades Económicas en la Unión Europea (NACE, Rev.2), con algunas excepciones especificadas en el Anexo IV. En particular se incluyen las explotaciones que mantengan sus tierras, que ya no se utilizan a efectos de producción, en buenas condiciones agrícolas y medioambientales, de conformidad con el Reglamento (CE) Núm. 1782/2003 del Consejo.
Con la reforma de la Política Agrícola Común (PAC) de 2003, el Mantenimiento de la tierra en buenas condiciones agrarias y medioambientales se introdujo como actividad agrícola (Artículo 2 del citado Reglamento). Aparte de esta actividad, los agricultores no deben tener ninguna otra actividad agrícola para tener acceso al régimen de pago único.

Fuente

Censo agrario. Metodología

Tema

Operaciones estadísticas

(enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)

Conceptos asociados

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