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La Operación Estadística Nomenclátor: Población del Padrón Continuo por Unidad Poblacional publica la relación detallada de las entidades y núcleos de población existentes a 1 de enero de cada municipio, incluyendo sus códigos y sus poblaciones referidas a esa fecha, desagregadas por sexo.
Se obtiene de la actualización de los núcleos y entidades de población que los Ayuntamientos realizan en sus municipios y que, en cumplimiento de la legislación vigente, comunican al INE al menos una vez al año.
Las poblaciones han sido obtenidas a partir de las cifras de población resultantes de las Revisiones anuales de los Padrones municipales.
Para las desagregaciones territoriales a nivel nacional se utiliza la clasificación oficial de la Relación de municipios, provincias, comunidades y ciudades autónomas y sus códigos.
Recoge todas las personas empadronadas en España. La Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local establece la obligatoriedad de la inscripción en el Padrón de toda persona que viva en España, sin hacer distinción por su nacionalidad, ni exigir la residencia legal en España.
Persona residente en España inscrita en la base padronal del INE.
La población objeto de estudio de la estadística son todas las personas empadronadas en España.
La estadística recoge todas las unidades poblacionales de todos los municipios del territorio nacional.
La estadística se lleva a cabo con carácter anual con fecha de referencia 1 de enero de cada año, con resultados disponibles desde el año 2000. Además existen ficheros descargables desde 1981.
Hay que señalar que hasta el año 2002, para algunos municipios el INE no ha dispuesto de los correspondientes ficheros padronales, por lo que para éstos no se ha podido obtener la población a nivel inferior al municipal.
La serie comienza con los datos a 1 de enero de 2000. Además existen ficheros descargables desde 1981.
Número de personas.
1 de enero de cada año
Datos referidos al periodo: Anual A: 2023
La recogida, tratamiento y difusión de los datos de las operaciones estadísticas para fines estatales se rige por lo establecido en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP), y en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 4/1990, de 29 de junio. En la LFEP se establece que el Plan Estadístico Nacional es el principal instrumento ordenador de la actividad estadística de la Administración del Estado y contiene las estadísticas que han de elaborarse en el cuatrienio por los servicios de la Administración del Estado o cualesquiera otras entidades dependientes de ella. Todas las estadísticas incluidas en el Plan Estadístico Nacional son estadísticas para fines estatales y de cumplimentación obligatoria. El Plan Estadístico Nacional 2021-2024, aprobado por el Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, es el plan actualmente vigente. Esta operación es una estadística para fines estatales y está incluida en el Plan Estadístico Nacional 2021-2024. (La estadística en la Administración del Estado)
El INE está obligado por Ley (artículo 17.3 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local) a elevar al Gobierno de la Nación, para su aprobación mediante Real Decreto, la propuesta de cifras oficiales de población de los municipios españoles en base a la coordinación que realiza de los Padrones municipales.
El procedimiento para obtener las cifras de población resultantes de la Revisión padronal a 1 de enero contiene diferentes fases y se encuentra regulado en la Resolución de 20 de julio de 2018 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la revisión anual del Padrón Municipal y sobre el procedimiento de obtención de la propuesta de cifras oficiales de población.
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La Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública obliga al INE a no difundir en ningún caso los datos personales cualquiera que sea su origen. Se entiende que son datos personales los referentes a personas físicas o jurídicas que o bien permitan la identificación inmediata de los interesados, o bien conduzcan por su estructura, contenido o grado de desagregación a la identificación indirecta de los mismos. Por otra parte, el Reglamento (CE) nº 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea establece la necesidad de establecer principios y orientaciones comunes que garanticen la confidencialidad de los datos utilizados para elaborar estadísticas europeas y el acceso a esos datos confidenciales, habida cuenta del progreso técnico y de las necesidades de los usuarios en una sociedad democrática.
El INE adopta las medidas lógicas, físicas y administrativas necesarias para que la protección de los datos confidenciales sea efectiva, desde la recogida de datos hasta su publicación.
En los cuestionarios de las encuestas se incluye una cláusula legal que informa de la protección que ampara a los datos recogidos.
En las fases de tratamiento de la información los datos que permiten la identificación directa solo se conservan mientras son estrictamente necesarios para garantizar la calidad de los procesos
En la publicación de las tablas de resultados se analiza el detalle de la información para evitar que puedan deducirse datos confidenciales de las unidades estadísticas. En los casos en que se difunden ficheros de microdatos, éstos siempre están anonimizados.
Dada la naturaleza de la operación estadística (difundir la relación de entidades y núcleos con sus poblaciones) no es aplicable.
Los datos se difunden anualmente.
Los resultados de las operaciones estadísticas se difunden generalmente con notas de prensa que se pueden consultar tanto en el menú correspondiente a la operación como en el apartado de Notas de prensa
Los resultados de la estadística se difunden a través de la WEB del INE.
INEbase es el sistema que utiliza el INE para almacenar y difundir en la Web toda la información estadística . Contiene toda la información que produce el INE en formato electrónico. Está organizado básicamente siguiendo la clasificación temática del Inventario de Operaciones Estadísticas de la Administración General del Estado. La unidad básica es la operación estadística, definida como el conjunto de actividades, incluidas las preparatorias, que conducen a la obtención de resultados estadísticos para un determinado sector o tema o territorio.
Acceso a los datos en el enlace:
AC1=2.195.901
Dada la naturaleza de la operación este concepto no es aplicable.
En la Web del INE está disponible para los usuarios una aplicación de búsqueda de unidades poblacionales y además se publican también ficheros para su descarga con la relación de todas las unidades poblacionales a nivel nacional y para cada una de las provincias.
Los campos 10.7 a 17 de este documento son el informe de calidad orientado a usuario para esta operación.
El marco de garantía de calidad para las estadísticas del INE está basado en el ESSCoP, el Código de Buenas prácticas de las Estadísticas Europeas de EUROSTAT. El ESSCoP consta de 16 principios, agrupados en tres áreas: Entorno Institucional, Procesos y Productos. Cada principio tiene asociado una serie de indicadores que permiten su medida. Para valorar la calidad se utilizan diferentes herramientas proporcionadas por EUROSTAT: los indicadores ya mencionados, la Autoevaluación inspirada en el modelo DESAP , la Revisión por homólogos (Peer Review), las Encuestas de satisfacción de usuarios, y otros procedimientos de evaluación.
La gestión continua del padrón tiene establecida una serie de controles para detectar y corregir errores que garantizan la calidad de la cifras que se obtienen.
Para detectar otros errores, en las fases de depuración del Nomenclátor se realizan contrastes de la información que consta en el Padrón relativa a cada habitante con la información existente en el Callejero de Censo Electoral, para determinar la entidad de población a la que pertenece el habitante.
Los datos proceden de los Padrones municipales de habitantes, que son registros administrativos que gestiona cada ayuntamiento, en los cuales se realiza un proceso continuo de actualización y depuración de datos.
El INE es el responsable de la coordinación de estos padrones municipales y se encarga, entre otras tareas, de evitar que se produzcan duplicidades.
Las necesidades específicas de los usuarios son tenidas en cuenta a la hora de ampliar la información que se ofrece en la web con nuevas tablas o ficheros de datos, siempre respetando la confidencialidad estadística.
Entre los usuarios de la estadística hay que destacar:
· Ministerios y otros organismos públicos
· Administraciones territoriales (comunidades autónomas, diputaciones provinciales, ayuntamientos)
· Universidades y centros de investigación
· Empresas
· Prensa y medios especializados
· Particulares
· Otras unidades del INE
El INE ha realizado encuestas generales de satisfacción de usuarios los años 2007, 2010, 2013, 2016 y 2019 y proyecta seguir realizándolas cada 3 años. Su objeto es conocer la percepción que tienen los usuarios de las estadísticas del INE respecto a la calidad de la información que utilizan, y en qué grado se encuentran cubiertas sus necesidades. Además, se realizan otras encuestas especiales para conocer determinadas facetas: difusión de la información, calidad de determinadas publicaciones, etc.
En la página web del INE, en su apartado de Métodos y Proyectos / Calidad y Código de Buenas Prácticas / Gestión de la calidad del INE / Encuestas a usuarios
se pueden consultar las encuestas realizadas hasta la fecha pulsando en el siguiente enlace
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La tasa de información obligatoria disponible es del 100%.
R1=100%
La fiabilidad global de la estadística está condicionada a la del fichero base que se explota que procede de la coordinación de los padrones municipales.
No se presentan errores de muestreo por ser la explotación directa de un registro.
Los datos proceden de un registro administrativo y todas las unidades aceptadas tienen información, existiendo algunos errores que afectan a la codificación de las unidades poblacionales y que son depurados en las distintas fases. Estos errores afectan aproximadamente al 0,3% de los registros.
A4=0.3
Los datos se publican en el mes de enero del año t+1, es decir, en un plazo de 12 meses.
TP2=12 meses
La difusión de los datos se realiza de acuerdo con el calendario de disponibilidad de las estadísticas estructurales que el INE elabora y publica para cada año.
TP3=0.
Todos los datos son comparables para cualquier desagregación territorial ya que todos proceden de los padrones municipales, que se rigen por la misma normativa y cuya coordinación realiza el INE.
Los datos de la estadística son comparables desde el año 2000, por tanto el número de elementos comparables de la serie temporal es de 24.
CC2=24.
Las cifras de población del Nomenclátor para los municipios son coincidentes con la Revisión del Padrón municipal y con la Estadística del Padrón Continuo puesto que la fuente es la misma y son resultado del mismo procedimiento.
Todos los resultados se obtienen de un registro administrativo y son coherentes entre sí.
Puesto que los datos de la estadística se obtienen directamente del Padrón municipal, no hay costes asociados a la recogida ni carga para los informantes.
La estimación del crédito presupuestario necesario para financiar esta estadística previsto en el Programa anual 2024 es 34,79 miles de euros.
El INE dispone de una Política que regula los aspectos básicos de la revisión de los datos estadísticos, garantizando la transparencia de los procesos y la calidad de los productos. Esta política se describe en el documento aprobado por el Consejo de Dirección en la reunión celebrada el día 13 de marzo de 2015. El documento está disponible en la sección de "Métodos y proyectos / Calidad y Código de Buenas Prácticas / Gestión de la calidad del INE / Política de revisión del Instituto Nacional de Estadística" (enlace).
Esta política general fija los criterios que se deben seguir para los diferentes tipos de revisiones: rutinarias - en los casos de estadísticas que por su naturaleza se revisan de manera regular - ; revisiones mayores, por cambios metodológicos o de fuentes básicas de referencia de la estadística; y revisiones extraordinarias (por ejemplo, las debidas a un error en estadísticas ya publicadas).
Se publican sólo datos definitivos y éstos ya no se revisan.
No se publican datos provisionales.
El Nomenclátor se obtiene a partir de la coordinación de los Padrones municipales.
La relación de unidades poblacionales se deriva de la actualización de los núcleos y entidades de población que los Ayuntamientos realizan en sus municipios y que, en cumplimiento de la legislación vigente, comunican al INE al menos una vez al año.
El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.
Su formación, actualización, revisión y custodia corresponde a los ayuntamientos, quienes deben realizar las actuaciones y operaciones necesarias para que los datos de sus Padrones concuerden con la realidad.
Su gestión se realiza por los ayuntamientos de forma informatizada y en los casos en los que éstos carecen de medios se realiza por las Diputaciones Provinciales.
La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, establecen que los Ayuntamientos deben remitir, por medios informáticos o telemáticos, las variaciones mensuales que se vayan produciendo en los datos de sus Padrones municipales al Instituto Nacional de Estadística para que éste, en cumplimiento de las obligaciones que le impone el artículo 17.3 de la citada Ley de Bases, realice las comprobaciones oportunas en aras a subsanar posibles errores y duplicidades y para que las cifras oficiales resultantes de las revisiones anuales puedan ser declaradas oficiales.
Los ayuntamientos son los encargados de mantener permanentemente actualizados sus padrones municipales con los datos que declaran los ciudadanos y deben realizar las actuaciones y operaciones necesarias para que los datos de sus Padrones concuerden con la realidad.
Asimismo, los ayuntamientos deben enviar al INE mensualmente todas las variaciones producidas en los mismos (altas, bajas y modificaciones) siendo el INE el encargado de la coordinación de todos los Padrones municipales para evitar que se produzcan duplicidades entre los distintos Padrones.
Los padrones municipales son registros permanentemente actualizados de los que se obtienen los datos para elaborar el Nomenclátor. Por tratarse de un registro todas las unidades contienen información de las variables consideradas para cada habitante.
En los casos en los que aparece algún error en la codificación de la unidad poblacional, se realiza un contraste con la información del Callejero de Censo Electoral.
También se realiza un proceso de detección de posibles incoherencias en la variable sexo contrastando con fuentes del Ministerio del Interior.
Al fichero del que se obtienen las Cifras Oficiales de Población y el Nomenclátor se le realiza una depuración de la variable sexo para que no aparezca ningún valor inválido.
También se realiza una depuración a nivel territorial de unidad poblacional que permite ofrecer información de la población para estos niveles inferiores al municipio.
No se realiza ningún tipo de ajuste estacional, descomposición de series temporales o métodos similares.
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