La estadística de Juzgados de Paz ofrece resultados de la actividad judicial de los Juzgados de Paz en los ámbitos civil y penal, excluyendo la posible actividad ligada a las funciones de Registro Civil.
Se trata de una estadística cuya fuente de información son los propios Juzgados de Paz y recoge toda la carga de trabajo subyacente a lo largo del año de referencia.
Principales características de actividad judicial investigadas; En el ámbito civil se estudia el movimiento de asuntos habidos en el año (asuntos ingresados y resueltos), así como la tipología de los asuntos resueltos (juicios verbales, auxilios judiciales civiles, actos de conciliación y resto de asuntos). En el ámbito penal se estudia el movimiento de asuntos habidos (asuntos ingresados y resueltos) y la tipología de los asuntos resueltos (auxilios judiciales penales y resto de asuntos).
La estadística cubre la totalidad de los asuntos civiles y penales que han sido objeto de la propia actividad del Juzgado de Paz, durante el año de referencia.
Asuntos civiles y penales en los Juzgados de Paz.
La población objeto de estudio de la estadística son los asuntos civiles y penales de todos los Juzgados de Paz de España durante el periodo de referencia.
Desde el punto de vista geográfico, la estadística cubre el conjunto del territorio nacional, salvo Ceuta y Melilla, pues no hay juzgados de paz en ambas ciudades autónomas.
En cada tabla se facilitan datos nacionales, autonómicos y provinciales.
Existen resultados disponibles en la web del INE desde el año 1998.
Esta operación estadística se dejó de elaborar por el INE en el año 2018, con la publicación del periodo de referencia anual 2018. Su elaboración a partir de ese momento fue asumida por el Ministerio de Justicia
No existe un período base propiamente dicho en esta estadística, si bien, a partir del año de referencia 2007 los resultados son comparables.
Número de asuntos, tanto civiles o penales como ingresados o resueltos.
La estadística tiene carácter anual. Los datos se refieren a los asuntos civiles y a los asuntos penales que se han registrado en los Juzgados de Paz durante el año natural de referencia.
Datos referidos al periodo: Anual A: 2018
La recogida, tratamiento y difusión de los datos de las operaciones estadísticas para fines estatales se rige por lo establecido en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP), y en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 4/1990, de 29 de junio. En la LFEP se establece que el Plan Estadístico Nacional es el principal instrumento ordenador de la actividad estadística de la Administración del Estado y contiene las estadísticas que han de elaborarse en el cuatrienio por los servicios de la Administración del Estado o cualesquiera otras entidades dependientes de ella. Todas las estadísticas incluidas en el Plan Estadístico Nacional son estadísticas para fines estatales y de cumplimentación obligatoria. El Plan Estadístico Nacional 2021-2024, aprobado por el Real Decreto 1110/2020, de 15 de diciembre, es el plan actualmente vigente. Esta operación es una estadística para fines estatales y está incluida en el Plan Estadístico Nacional 2021-2024. (La estadística en la Administración del Estado)
Esta operación estadística se realiza en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial en virtud del convenio suscrito entre el Instituto Nacional de Estadística y dicho organismo el 14 de febrero de 1995, y posteriores adendas.
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La Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública obliga al INE a no difundir en ningún caso los datos personales cualquiera que sea su origen. Se entiende que son datos personales los referentes a personas físicas o jurídicas que o bien permitan la identificación inmediata de los interesados, o bien conduzcan por su estructura, contenido o grado de desagregación a la identificación indirecta de los mismos. Por otra parte, el Reglamento (CE) nº 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea establece la necesidad de establecer principios y orientaciones comunes que garanticen la confidencialidad de los datos utilizados para elaborar estadísticas europeas y el acceso a esos datos confidenciales, habida cuenta del progreso técnico y de las necesidades de los usuarios en una sociedad democrática.
El INE adopta las medidas lógicas, físicas y administrativas necesarias para que la protección de los datos confidenciales sea efectiva, desde la recogida de datos hasta su publicación.
En los cuestionarios de las encuestas se incluye una cláusula legal que informa de la protección que ampara a los datos recogidos.
En las fases de tratamiento de la información los datos que permiten la identificación directa solo se conservan mientras son estrictamente necesarios para garantizar la calidad de los procesos
En la publicación de las tablas de resultados se analiza el detalle de la información para evitar que puedan deducirse datos confidenciales de las unidades estadísticas. En los casos en que se difunden ficheros de microdatos, éstos siempre están anonimizados.
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Los resultados de la Estadística de Juzgados de Paz se difunden con periodicidad anual.
Los resultados de las operaciones estadísticas se difunden generalmente con notas de prensa que se pueden consultar tanto en el menú correspondiente a la operación como en el apartado de Notas de prensa
Toda la información relacionada con la Estadística de Juzgados de Paz se publica en la Web del INE:
INEbase es el sistema que utiliza el INE para almacenar y difundir en la Web toda la información estadística . Contiene toda la información que produce el INE en formato electrónico. Está organizado básicamente siguiendo la clasificación temática del Inventario de Operaciones Estadísticas de la Administración General del Estado. La unidad básica es la operación estadística, definida como el conjunto de actividades, incluidas las preparatorias, que conducen a la obtención de resultados estadísticos para un determinado sector o tema o territorio.
Los resultados están disponibles en la web del INE
https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176794&menu=resultados&idp=1254735573206
La publicación se estructura en 2 bloques: Asuntos Civiles y Asuntos Penales. Cada bloque ofrece resultados por comunidad autónoma y provincia.
No se dispone de ficheros de microdatos a disposición de los usuarios.
Existe la posibilidad de solicitar información a medida al Área de atención a usuarios del INE. Para más información consultar el siguiente enlace:
La metodología está disponible en la web del INE
Asímismo, este informe metodológico estandarizado constituye una fuente de información sobre diversos aspectos metodológicos de la estadística.
Tasa de completitud de los metadatos AC3= 100%
Cuestionario JP 2017 y anteriores.pdfLos apartados 10.6 a 17 de este informe metodológico estandarizado contienen los distintos aspectos de calidad asociados a esta estadística.
El marco de garantía de calidad para las estadísticas del INE está basado en el ESSCoP, el Código de Buenas prácticas de las Estadísticas Europeas de EUROSTAT. El ESSCoP consta de 16 principios, agrupados en tres áreas: Entorno Institucional, Procesos y Productos. Cada principio tiene asociado una serie de indicadores que permiten su medida. Para valorar la calidad se utilizan diferentes herramientas proporcionadas por EUROSTAT: los indicadores ya mencionados, la Autoevaluación inspirada en el modelo DESAP , la Revisión por homólogos (Peer Review), las Encuestas de satisfacción de usuarios, y otros procedimientos de evaluación.
Durante el procesamiento anual de la estadística y al objeto de garantizar su fiabilidad, se detectan y analizan los posibles errores de falta de cobertura y de contenido que puedan afectar a la calidad de la información.
La base legal sobre la que se constituye la estadística, la obligatoriedad de comunicar al INE toda la carga de trabajo de los Juzgados de Paz en lo que respecta a la parte civil y penal y los controles automáticos internos de la aplicación informática diseñada para la recogida de la información, contribuyen a garantizar la exhaustividad, cobertura y calidad de su contenido. No obstante, se llevan a cabo controles y comparaciones interanuales al objeto de evaluar su calidad y, en su caso, mejorar la información disponible.
La tasa de no respuesta es del 0 %. Los controles automáticos insertados en el cuestionario electrónico web han contribuido a aumentar de forma significativa la acuracidad, han facilitado su cumplimentación y han permitido la coherencia de la información grabada.
Esta estadística pone de manifiesto la actividad desarrollada por los Juzgados de Paz y cubre todas las necesidades de información en esta materia.
Los principales usuarios de esta estadística son:
- Ministerios y otros organismos públicos (Ministerio de Justicia y Consejo General del Poder Judicial)
- Investigadores y Universidades (Facultades y Departamentos de Derecho y Ciencias Sociales).
- Administraciones territoriales (comunidades autónomas, ayuntamientos...)
- Empresas e instituciones sin fines de lucro (sobre todo, aquéllas vinculadas con los ayuntamientos).
- Particulares
El INE ha realizado encuestas generales de satisfacción de usuarios los años 2007, 2010, 2013 y 2016 y proyecta seguir realizándolas cada 3 años. Su objeto es conocer la percepción que tienen los usuarios de las estadísticas del INE respecto a la calidad de la información que utilizan, y en qué grado se encuentran cubiertas sus necesidades. Además, se realizan otras encuestas especiales para conocer determinadas facetas: difusión de la información, calidad de determinadas publicaciones, etc.
En la página web del INE, en su apartado de Métodos y Proyectos / Calidad y Código de Buenas Prácticas / Gestión de la calidad del INE / Encuestas a usuarios
se pueden consultar las encuestas realizadas hasta la fecha pulsando en el siguiente enlace
En la encuesta de satisfacción de usuarios realizada en 2013, que puede ser consultada en la página web del INE en su apartado de: 03 Métodos y Proyectos->Calidad y Código de Buenas Prácticas->Gestión de la Calidad del INE->2.2.Encuestas a usuarios->1)Encuesta de Satisfacción de los Usuarios 2013 (ESU2013), se puede ver la valoración del sector “Sociedad” en que se encuentra encuadrada esta operación estadística, lo que puede orientar respecto a la opinión de los usuarios sobre ella.
Al confeccionar el plan de explotación, las necesidades específicas de los usuarios de la Estadística de juzgados de Paz han sido tenidas en cuenta, intentando recoger toda la tipología existente en los ámbitos civil y penal de la carga de trabajo de los Juzgados de Paz.
Aunque no haya un reglamento comunitario, la Estadistica de Juzgados de Paz proporciona la informacion solicitada en el Plan Estadistico Nacional.
Por tanto, tasa de completitud de los datos R1= 100%
Esta estadística es exhaustiva por lo que no existen errores de muestreo. Respecto a los errores ajenos al muestreo se realizan los estudios y controles necesarios para evaluarlos y limitar su magnitud.
Este concepto no es aplicable al tratarse de una investigación exhaustiva.
Errores de muestreo A1= No aplicable.
Durante el procesamiento de la información se detectan y limitan en la medida de lo posible los errores ajenos al muestreo (falta de respuesta, errores de cumplimentación, etc.) En todo caso, la obligatoriedad de comunicar al INE por parte de los Juzgados de Paz la información relativa a los asuntos civiles y a los asuntos penales , introduce una garantía adicional que refuerza la autenticidad e integridad de los datos proporcionados. El cuestionario electrónico web permite una reducción significativa de errores de grabación y hace posible la coherencia de la información (coherencia de totales y desagregados).
Tasa de sobrecobertura A2= 0%
Proporción de unidades comunes A3= No aplicable
Tasa de no respuesta por unidad A4= 0%
Tasa de no respuesta por ítem A5= 0%
Tasa de imputación A7= 0%
Los resultados de la estadística se difunden a los 4 meses de la finalización del período de referencia de la información.
Oportunidad primeros resultados TP1= No aplicable
Oportunidad resultados finales TP2= 4m
La difusión de los resultados se realiza de acuerdo con el calendario de disponibilidad de las estadísticas estructurales que el INE elabora y publica cada año.
Puntualidad (retraso en la publicación) TP3= Se cumple el calendario
La disponibilidad de una metodología, una fuente de información y un procesamiento comunes en todo el ámbito geográfico, garantiza la comparabilidad de los resultados entre las diferentes comunidades autónomas.
La comparabilidad con el resto de países de la Unión Europea plantea dificultades al ser diferente la estructura organizativa judicial de cada país.
La estadística es comparable desde el año 2007. El número de años comparables de la serie temporal es de 12 años. Todas las variables publicadas desde el año 2007 son comparables.
Longitud de la serie de tiempo comparable CC2= 12
Esta información estadística es coherente con datos de población.
La coherencia interna de la estadística es consecuencia de la aplicación de unos mismos criterios metodológicos y de un análisis detallado de las posibles inconsistencias existentes entre sus distintas variables.
La estimación del crédito presupuestario necesario para financiar esta estadística prevista en el Programa anual 2019 es de 71,78 miles de euros.
La información no se solicita al ciudadano sino a otro organismo de la administración, por lo que se considera que no existe carga para el informante.
El INE dispone de una Política que regula los aspectos básicos de la revisión de los datos estadísticos, garantizando la transparencia de los procesos y la calidad de los productos. Esta política se describe en el documento aprobado por el Consejo de Dirección en la reunión celebrada el día 13 de marzo de 2015. El documento está disponible en la sección de "Métodos y proyectos / Calidad y Código de Buenas Prácticas / Gestión de la calidad del INE / Política de revisión del Instituto Nacional de Estadística" (enlace).
Esta política general fija los criterios que se deben seguir para los diferentes tipos de revisiones: rutinarias - en los casos de estadísticas que por su naturaleza se revisan de manera regular - ; revisiones mayores, por cambios metodológicos o de fuentes básicas de referencia de la estadística; y revisiones extraordinarias (por ejemplo, las debidas a un error en estadísticas ya publicadas).
Los resultados difundidos de esta estadística tienen carácter de definitivos.
No procede la revisión de datos en la práctica, puesto que no existe avance ni resultados provisionales.
Tasa de revisión media A6-MAR= No aplicable
Tasa de revisión media A6-RMAR= No aplicable
Los datos de origen de esta estadística se obtienen a partir de la información proporcionada por los propios Juzgados de Paz acerca de su actividad (asuntos civiles y penales).
La obtención de los datos tiene periodicidad anual, del año t de referencia. El fichero con la información grabada se descarga de la aplicación web de Juzgados de Paz, en el primer semestre del año natural, en t+1.
Para la recogida de datos, el INE ha diseñado una aplicación informática web. Los Juzgados de Paz pueden cumplimentar el cuestionario mediante esta aplicación, mediante un cuestionario en papel o por correo electrónico.
El cuestionario electrónico web incorpora unos controles de depuración automáticos para evitar posibles inconsistencias.
Una vez efectuada la descarga del fichero de grabación, se lleva a cabo un control de cobertura de la información así como un análisis de su contenido al objeto de detectar posibles inconsistencias.
Comprobada la validez del fichero recibido, analizada su cobertura, e investigadas las posibles inconsistencias y otros errores de contenido, se obtienen las primeras tablas de resultados. Antes de su difusión se lleva a cabo un análisis de la información agregada para detectar potenciales errores o inconsistencias que no hubieran sido corregidos en fases anteriores.
No se realiza ningún tipo de ajuste.
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