Concepto seleccionado: Sociedad laboral

Definición

Sociedad de Responsabilidad Limitada o Anónima en la que más del 50% del capital social es propiedad de los trabajadores y ningún socio puede poseer más de una tercera parte del mismo, salvo sociedades laborales participadas por el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales o las sociedades públicas. La razón social debe incluir necesariamente, según proceda, la expresión 'Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral' o 'Sociedad Anónima Laboral' o sus abreviaturas 'S.L.L.' o 'S.A.L.' El número mínimo de socios es de tres, al no poder poseer ningún socio más de la tercera parte del capital social, de los que dos obligatoriamente han de ser trabajadores. La responsabilidad de los socios está limitada a las aportaciones. Para la adquisición de personalidad jurídica es necesario escritura pública, inscripción en el Registro Mercantil y en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales, declaración censal y obtención del CIF. El capital social de la empresa no puede ser inferior a 3.005 euros si es Sociedad Limitada Laboral, en el caso de Sociedad Anónima Laboral no puede ser inferior a 60.101 euros.

Fuente

Encuestas Sociedades Mercantiles y Procedimiento Concursal

Tema
Operaciones estadísticas (enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)
Conceptos asociados