Concepto seleccionado: Pleno dominio
- Definición
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Se define como de pleno derecho cuando el derecho a usar y disponer de un bien es total, sin más limitaciones que las que previenen las leyes y reglamentos.
- Fuente
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Metodologías de las estadísticas elaboradas a partir de información del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de España (CORPME)
- Tema
- Operaciones estadísticas (enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)
- Conceptos asociados