Concepto seleccionado: Efectos de comercio en cartera
- Definición
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Los efectos de comercio en cartera se refieren a los efectos u otros documentos negociados a clientes que hayan sido creados para movilizar el precio de las operaciones de compraventa de bienes o prestación de servicios, librados o endosados a la orden de la entidad, y los efectos que hayan sido redescontados en firme a otras entidades. Se incluyen los anticipos o cantidades entregadas a cuenta o con garantía de los mismos, y los anticipos sobre certificaciones de obra.
- Notas
- con vencimiento en el mes de referencia: Corresponden a la parte de la rúbrica 4.1.1. Efectos comerciales y anticipos del Activo de Balance reservado de la Circular 4/1991 del Banco de España, con vencimiento en el mes de referencia. No se incluyen los efectos u otros documentos tomados correspondientes a operaciones de factoring. - impagados en el mes de referencia: Corresponden a la parte de la rúbrica 4.1.1.Efectos comerciales y anticipos, que resulte devuelta por impago en el mes de referencia.
- Fuente
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Efectos de Comercio Impagados. Metodología
- Tema
- Operaciones estadísticas (enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)
- Conceptos asociados
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