Concepto seleccionado: Nulidad matrimonial

Definición

Decisión judicial que declara nulo un matrimonio. Son nulos los matrimonios celebrados sin consentimiento matrimonial , los contraídos sin la intervención del Juez, Alcalde o funcionario ante quién deba celebrarse, o sin testigos, los celebrados por error en la identidad del contrayente, los contraídos por coacción o miedo grave.

Fuente

Nulidades, Separaciones y Divorcios. Metodología

Tema
Operaciones estadísticas (enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)
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