Concepto seleccionado: Nulidad matrimonial
- Definición
-
Decisión judicial que declara nulo un matrimonio. Son nulos los matrimonios celebrados sin consentimiento matrimonial , los contraídos sin la intervención del Juez, Alcalde o funcionario ante quién deba celebrarse, o sin testigos, los celebrados por error en la identidad del contrayente, los contraídos por coacción o miedo grave.
- Fuente
-
Nulidades, Separaciones y Divorcios. Metodología
- Tema
- Operaciones estadísticas (enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)
- Conceptos asociados
-
No existen conceptos relacionados