Concepto seleccionado: Convivencia con el cónyuge o pareja
- Definición
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Se considera que dos personas conviven juntas si comparten el lugar de residencia habitual. Dos personas se consideran cónyuge o pareja cuando residan en el mismo hogar y mantengan una relación de carácter conyugal.
- Fuente
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Censo de Población y Vivienda
- Tema
- Operaciones estadísticas (enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)
- Conceptos asociados
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