Concepto seleccionado: Personas con discapacidad oficialmente reconocida

Definición

Aquellas personas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Fuente

Estadísticas de Salario y Empleo de las Personas con Discapacidad. Metodología

Tema
Operaciones estadísticas (enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)
Conceptos asociados