8736Estadística de Enfermedades de Declaración Obligatoria
- Organismos que intervienen
- MCIN, MSND, Direcciones generales de Salud Pública de todas las comunidades autónomas.
- Trabajos que se van a ejecutar en el año 2021
Recogida continua de los datos correspondientes al año 2021, de acuerdo con el Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica y a la Orden SSI/4445/2015, de 9 de marzo, por la que se modifican los anexos I, II y III del Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, relativos a la lista de enfermedades de declaración obligatoria, modalidades de declaración y enfermedades endémicas de ámbito regional.
Depuración de los datos.
Tratamiento y análisis de los datos.
Difusión de información correspondiente al cuarto trimestre del año 2020 y a los tres primeros trimestres de 2021 en el 'Boletín epidemiológico semanal'.
Difusión de información correspondiente a la semana actual menos tres en el 'Boletín epidemiológico en red', a través de internet. Las direcciones generales de salud pública de todas las comunidades autónomas recogen la información procedente de los médicos y/o laboratorios declarantes y la transmiten al Centro Nacional de Epidemiología con una periodicidad que varía en función de la enfermedad: semanalmente, mensualmente o anualmente.
- Créditos presupuestarios necesarios para su financiación en el año 2021
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203,41 miles de euros previstos en el Presupuesto del MCIN.