8737Estadística Estatal de SIDA
- Organismos que intervienen
- MCNU, MSND, Direcciones generales de Salud Pública de todas las comunidades autónomas.
- Trabajos que se van a ejecutar en el año 2024
- Recogida continua de la información según los criterios del Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica y a la Orden SSI/4445/2015, de 9 de marzo, por la que se modifican los anexos I, II y III del Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, relativos a la lista de enfermedades de declaración obligatoria, modalidades de declaración y enfermedades endémicas de ámbito regional. Depuración de los datos. Tratamiento y análisis de la información. Difusión de la información correspondiente a 2023 en el 'Boletín epidemiológico semanal' y en la página web del ISCIII. Las direcciones generales de salud pública de todas las comunidades autónomas recogen de forma continua la información procedente de los médicos declarantes y la transmiten anualmente al Centro Nacional de Epidemiología.
- Créditos presupuestarios necesarios para su financiación en el año 2024
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45,58 miles de euros previstos en el Presupuesto del MCNU.