El Reglamento CE 1987/2000 establece una nueva definición operativa del desempleo.
La definición formal de parado no cambia, se sigue
usando la definición internacional de la Organización
Internacional del Trabajo (OIT), pero el nuevo reglamento introduce
instrucciones sobre cómo interpretar la búsqueda
activa de trabajo.
Según dicho Reglamento, se consideran métodos activos
de búsqueda, en las cuatro semanas anteriores a la entrevista,
los siguientes:
- Estar en contacto con una oficina pública de empleo
con el fin de encontrar trabajo, cualquiera que sea la parte que
haya tomado la iniciativa (la renovación de la inscripción
por razones puramente administrativas no constituye un planteamiento
activo).
- Estar en contacto con una oficina privada (oficina de empleo
temporal, empresa especializada en contratación, etc.) con
el fin de encontrar trabajo.
- Enviar una candidatura directamente a los empleadores.
- Indagar a través de relaciones personales, por mediación
de sindicatos, etc.
- Anunciarse o responder a anuncios de periódicos.
- Estudiar las ofertas de empleo.
- Participar en una prueba, concurso o entrevista, en el marco
de un procedimiento de contratación.
- Buscar terrenos, locales o material.
- Realizar gestiones para obtener permisos, licencias o recursos
financieros.
España se ve especialmente afectada por los requisitos exigidos
a las personas cuya única forma de búsqueda es la
inscripción en las oficinas de empleo públicas. Antes,
la mera inscripción en las mismas como demandante de
empleo, válida por tres meses, bastaba para considerar parada
a la persona.
A partir de 2002, de acuerdo con lo indicado en la lista anterior
de medidas activas, se exige haber tenido un contacto con dichas
oficinas, con el fin de encontrar empleo, para que la persona sea
considerada desempleada. El objetivo de encontrar empleo se cumple
si la persona se inscribe por primera vez después de un período
de empleo o inactividad, se informa sobre posibles ofertas de empleo
o recibe una propuesta de trabajo de la oficina.
Así, una parte de las personas que hasta 2002 se venían
considerando paradas pasan a ser consideradas inactivas.
El INE modificó los cuestionarios de 2001 para poder registrar
tanto la nueva como la antigua definición y así poder
cuantificar el impacto del cambio. En general, la modificación
provoca una disminución del paro tanto en términos absolutos
como relativos.
Reglamento
Nº 1897/2000 de la Comisión de 7 de septiembre de 2000 por el
que se establecen disposiciones de aplicación del Rgto. 577/98 del
Consejo relativo a la organización de una encuesta muestral sobre
la población activa en la Comunidad por lo que respecta a la definición
operativa de desempleo. (Fichero PDF 40 kb.)
|