Ejemplo del efecto de la inclusión de precios rebajados en el IPC

El supuesto práctico que aparece a continuación muestra, de una forma sencilla, el efecto en el IPC de la inclusión de los precios rebajados y la solución adoptada al respecto.

Para ello, se ha considerado una serie de IPC - base 1992 desde enero de 2000 hasta diciembre de 2001 (en la tabla 1, se ha denominado Serie Publicada - base 92).

A partir del año 2002 entra en vigor el nuevo Sistema de IPC, cuyo año base es 2001; esto quiere decir que durante dicho año han sido recogidos los precios y calculados los índices medidos según el nuevo Sistema aunque no se publican (en la tabla 1, a la serie de estos índices se le ha denominado Serie no Publicada - base 01, e incluye los precios rebajados).

Debido a que entre estas dos series se ha producido un cambio de base, es necesario enlazarlas para obtener una única serie continua medida en la base 2001. Así, la Serie Publicada - base 92 se transformará en una serie en base 2001 a través de un enlace legal.

El enlace legal consiste en calcular un coeficiente que relacione los índices en ambas bases en el mes de diciembre de 2001. Su cálculo se realiza como el cociente del índice de diciembre de 2001, en base 2001 (Serie No Publicada - base 01 (incluye rebajas) y el índice de diciembre de 2001 en base 1992 (Serie Publicada - base 92). En el ejemplo, este coeficiente sería:

104,22 entre 127,91 igual a 0,81479 COEFICIENTE DE ENLACE LEGAL

Tabla 1
AÑO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC
Serie Publicada - base 92 2000 121,26 121,30 121,50 122,03 122,23 122,30 122,34 122,36 122,65 123,23 123,84 123,94
2001 124,02 124,11 124,47 125,18 125,47 125,56 125,64 125,67 126,02 127,09 127,77 127,91
Serie No Publicada - base 01
(incluye rebajas)
2001 95,21 95,02 99,67 99,97 100,17 100,47 96,76 96,56 103,81 103,91 104,22 104,22
Serie Publicada - base 01
(serie enlazada)
2000 98,81 98,84 99,00 99,43 99,59 99,65 99,68 99,70 99,93 100,40 100,91 100,99
2001 101,05 101,13 101,42 101,99 102,24 102,31 102,37 102,39 102,68 103,55 104,11 104,22
2002 99,22 99,32 104,38 104,59 104,59 105,01 100,91 100,91 108,18 108,40 108,50 108,72
2003 103,29 103,29

Coeficiente de enlace legal : 0,814797

Los índices enlazados se obtienen como producto de los índices en base 92 por el coeficiente de enlace legal. Así, por ejemplo:

Índice enlazado enero 2000 = 121,26 x 0,81479 = 98,81
Índice enlazado febrero 2000 = 121,30 x 0,81479 = 98,84
...

La serie que aparece en la Tabla 1 con el nombre Serie Publicada - base 01 (serie enlazada) contiene los índices base 92 transformados con el coeficiente de enlace legal, hasta diciembre de 2001 y los índices calculados en la nueva base a partir de enero de 2002.

Cálculo de las tasas de variación anual en el año 2002

Si se actua como en anteriores cambios de base, el cálculo de la tasa de variación anual en enero de 2002, se obtendría a partir de los índices siguientes:

Índice enlazado enero 2001: 101,05
Índice enero 2002 (base 2001): 99,22
Tasa de variación anual:

Formula

Sin embargo esta tasa no es la correcta, puesto que en el dato de enero de 2002 están incorporados los precios rebajados y éstos también deberían considerarse en el dato de enero de 2001.

La solución a adoptar debe tener como principal premisa la comparabilidad entre los índices que intervienen en el cálculo de la tasa.

Los únicos índices que la cumplen son los del año 2002 (que incluyen las rebajas) y los del año 2001 que han sido calculados pero no publicados. (Serie No Publicada - base 01), que también incluyen rebajas.

Por lo tanto, la tasa correcta sería la que sigue:

Índice no publicado enero 2001 (incluye rebajas): 95,21
Índice enero 2002 (base 2001): 99,22
Tasa de variación anual:

Formula

Como se puede ver, si se comparan ambas tasas de variación anual, se producen discrepancias incluso en el signo; ya que la variación real es positiva, al darse un aumento de precios respecto al año anterior, como cabría esperar. Esto se puede observar en el gráfico que aparece a continuación:

Imagen

El INE facilitará a los usuarios las tasas de variación anual calculadas como se ha descrito.

Cálculo de otras tasas de variación

Periodo inicial = año 2001
Periodo final >= año 2002

En el año 2001 se publicaron los índices en base 1992. Al tratarse del año base para el nuevo sistema, también se dispone de los índices en base 2001; son índices no publicados que incluyen los precios rebajados. De la misma forma que se hizo con las tasas anuales de 2002, es con estos índices no publicados con los que se calculan las tasas de variación entre periodos de distintas bases, siendo el periodo inicial el año 2001.

El cálculo se realiza de la misma forma que en el punto 1. De igual manera el INE facilitará a los usuarios dichas tasas de variación.

Periodo inicial < año 2001
Periodo final >= año 2002

La razón por la que no se puede obtener la tasa de variación a partir de los índices publicados es la misma que la citada en el punto1. Sin embargo, la solución adoptada es diferente ya que no se dispone de índices en base 2001 (que incluyan precios rebajados) con anterioridad al año 2001. Por ello, el cálculo de las tasas de variación para aquellos periodos cuyo inicio sea anterior al año 2001 y final igual o posterior al año 2002, se realizará por partes.

Para ilustrar el método de cálculo, se utilizarán los datos de la tabla 1. El cálculo de la tasa de variación entre marzo de 2000 y febrero de 2003, se realizará como se explica a continuación.

Se consideran tres tramos temporales para los que se obtendrán las tasas de variación del IPC:

tramo 1: marzo 2000 - febrero 2001
tramo 2: febrero 2001 - febrero 2002 (tramo anual)
tramo 3: febrero 2002 - febrero 2003 (tramo anual, bianual, ...)

La variación de precios para el primer y tercer tramo se calculará a partir de los índices publicados, mientras que para el segundo tramo se tomará la variación publicada por el INE obtenida del modo descrito en el primer apartado (es una tasa anual).

Tramo 1:

La variación para el primer tramo se puede obtener a partir de los índices publicados en base 1992 o a partir de los índices enlazados en base 2001 al coincidir las tasas de variación en ambos casos. Así:

Índice marzo 2000 enlazado en base 2001: 99,00
Índice febrero 2001 enlazado en base 2001: 101,13

Índice marzo 2000 en base 1992: 121,50
Índice febrero 2001 en base 1992: 124,11

Tasa de variación:

Imagen

Tramo 2:

El cálculo de la tasa de este tramo se realiza con los índices no publicados del periodo inicial. Esta tasa será publicada por el INE. La forma de calcularla es la siguiente:

Índice no publicado febrero 2001 en base 2001: 95,02
Índice febrero 2002 en base 2001: 99,32

Imagen

Tramo 3:

La variación para el tercer tramo se obtiene a partir de los índices publicados en base 2001.

Índice febrero 2002 en base 2001: 99,32
Índice febrero 2003 en base 2001: 103,29

Tasa de variación:

Imagen

Con las tasas de variación calculadas para los tres tramos, se obtiene la tasa de variación para el periodo completo:

Imagen

Si en lugar de realizar el cálculo por tramos se hubiera hecho como es habitual, es decir, con el índice enlazado de marzo de 2000 en base 2001 y el índice de febrero de 2003 en base 2001, la tasa hubiera sido:

Índice marzo 2000 enlazado en base 2001: 99,00
Índice febrero 2003 en base 2001: 103,29

Tasa de variación:

Formula

Como puede observarse claramente en el gráfico 2, esta tasa es errónea al no corresponderse con la evolución real de precios en ese periodo.

Imagen