Preguntas y respuestas
Esta sección, en la que se recogen algunas preguntas reales recibidas y sus respuestas, se irá incrementando con las consultas que se reciban a través del buzón consultas.padrononline@ine.es
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1. Dudas generales sobre Padrón Online
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1.1. En la actualidad el padrón de habitantes no tiene una base de datos de territorio singularizada, sino que tiene a habitantes empadronados en una dirección. No obstante, sà que existe una base territorial, de hecho cuando hacemos una modificación territorial (alta de nuevas vÃas, modificación de los distritos censales, etc..) hay que comunicar un movimiento por cada uno de los habitantes afectados y remitir a las delegaciones provinciales del INE la documentación justificativa de ese movimiento, por lo tanto, ¿esta modificación en el registro territorial no se puede hacer ya con los datos que ya tenemos?
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El Padrón actualmente dispone de información territorial, pero lo hace de una forma ineficiente. Están mezclados los datos de personas y los de territorio. Si cambiamos el nombre de una vÃa, hay que volcar esos cambios a todas las personas que están empadronadas en esa vÃa. Lo que se busca en el nuevo proyecto es independizar la información territorial de la información poblacional para ser más eficientes.
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1.2. ¿Se devolverán errores de validación del Registro de Modificación de una Entidad territorial de Fecha igual a la de su último movimiento en el INE?
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No, es una situación que se podrÃa dar.
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1.3. ¿Se devolverán errores de validación del Registro de Alta de Aproximación Postal si la Fecha de este Movimiento es posterior a la Fecha de Alta de su Entidad Colectiva, Entidad Singular, Núcleo, Distrito, Sección, Subsección o VÃa en el INE puesto que se tratarÃa de un alta correcta?
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No, pues se trata de un alta correcta.
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1.4. ¿Qué ocurrirá con los hogares ahora domicilios que tienen varias hojas asociadas porque hay varios expedientes de baja provisional? A partir de ahora los que están en baja provisional no será su hogar puesto que entiendo que solo debe tener cada hogar asignado una unidad familiar. ¿Qué pasa con esas hojas anteriores hasta que se resuelva el expediente de baja provisional?
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En principio para tratar de resolver estos casos está previsto mantener la hoja padronal de tal forma que las personas que residan de verdad en una vivienda estén en una hoja y aquellas personas que no residen en la vivienda (expedientes de baja) estén en otra u otras hojas padronales.
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1.5. ¿Existe algún proyecto relacionado para automatizar el cambio de empadronamiento en las distintas administraciones afectadas y que deben reflejar el nuevo domicilio en sus sistemas como por ejemplo: DGT, DGP, Segsocial, Agencia Tributaria, autonomÃa de residencia, sistema de salud...?
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Esto excede del ámbito del propio INE. Este servicio ya está habilitado por la SecretarÃa General de Administración Digital. Se trata del servicio de cambio de domicilio de la carpeta ciudadana: https://administracionelectronica.gob.es/ctt/verPestanaGeneral.htm?idIniciativa=sccd
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1.6. ¿Qué diferencia hay entre hogar y vivienda?
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A efectos del padrón, un hogar es un grupo humano formado por una o varias personas que están empadronadas en la misma vivienda, no teniendo por qué existir necesariamente vÃnculos familiares entre los miembros del grupo.
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1.7. ¿Qué tipo de tratamiento se da a las viviendas de alquiler por habitaciones?
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Lo mejor es tratar a las viviendas de alquiler por habitaciones como un establecimiento colectivo. En cualquier caso esta vivienda deberá tener su CIV asociado.
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1.8. ¿En el Alta por nacimiento para empadronar al habitante hay que dar el nidenHueco y el CIV para relacionar a la persona con el hogar en el que la queremos empadronar?
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Correcto.
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1.9. Tenemos que dotar de código INE muchas viviendas que se encuentran en rústico. Un número significativo de vÃas son carreteras, ¿quién solicita código INE? ¿el ayuntamiento? ¿Código INE por carretera completa? muchas pasan por varios municipios.
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Lo debe gestionar el Ayuntamiento con la Delegación Provincial del INE.
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1.10. ¿Cuándo habrá un entorno de pruebas que nos permita empezar a desarrollar y probar la interacción con estas API’s?
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TodavÃa no está definido. Se iniciará pruebas piloto con algún municipio para la parte de territorio.
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1.11. Cuando empecemos a trabajar contra el API, esta trabajará contra una base de datos centralizada en la que suponemos que estarán reflejados los últimos cambios que el municipio haya realizado en sus datos de territorio y habitantes a través del intercambio de ficheros mensuales actuales. Es decir, si se ha creado una nueva vÃa y en ella se ha empadronado a nuevos vecinos en el último mes trabajando por el sistema actual de intercambio de ficheros mensuales con el INE, cuando se empieza a trabajar con el API online se supone que esta nueva vÃa y nuevas personas existirán en la base de datos centralizada del INE que utilizará el API. O por el contrario, ¿serán los programas de los municipios los que al empezar a trabajar con el API, habrán de asegurarse que los datos que haya en la base de datos del API (unidades poblacionales, vias, pseudovias, tramos, huecos, etc..) reflejan todos los cambios que tenÃa el municipio en el momento de pasar a trabajar con el API.
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Antes de empezar a trabajar con el nuevo sistema de intercambio, el INE cargará los datos de población y territorio a fecha actual.
Aun asÃ, el ayuntamiento, antes de empezar a trabajar, debe verificar que los datos iniciales con correctos y se ajustan a la fecha actual.
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1.12. ¿Qué sucederá con el proceso de cifras una vez entre en funcionamiento el Padrón online?
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Con la puesta en marcha del nuevo procedimiento, el proceso de cifras deberá ser redefinido.
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1.1. En la actualidad el padrón de habitantes no tiene una base de datos de territorio singularizada, sino que tiene a habitantes empadronados en una dirección. No obstante, sà que existe una base territorial, de hecho cuando hacemos una modificación territorial (alta de nuevas vÃas, modificación de los distritos censales, etc..) hay que comunicar un movimiento por cada uno de los habitantes afectados y remitir a las delegaciones provinciales del INE la documentación justificativa de ese movimiento, por lo tanto, ¿esta modificación en el registro territorial no se puede hacer ya con los datos que ya tenemos?
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2. Información catastral
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2.1. Respecto al concepto "vivienda", a efectos de Padrón de Habitantes, ¿va a equipararse o ser igual al de "vivienda" a efectos catastrales; de otro modo: si únicamente serán "viviendas" de Padrón los inmuebles que tengan atribuido el uso "vivienda" en el Catastro, de forma que únicamente podrán realizarse empadronamientos en inmuebles con uso catastral "vivienda"?
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Las personas podrán empadronarse en el nuevo sistema igual que ahora tanto en viviendas como en otro tipo de localizaciones (como por ejemplo caravanas, barcos, etc.) siempre que se justifique que esa es su residencia habitual.
Para dar cabida a estos casos, se deberá cumplimentar un tipo especial de CIV (Código de Identificación de la Vivienda) que no tendrá correspondencia, lógicamente, con Referencia Catastral alguna.
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2.2. En un edificio sin división horizontal, ¿Comparten todas las viviendas el mismo CIV?
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No. Esta es precisamente una de las razones por las que se crea el CIV. Esas viviendas sà que comparten la misma RC, pero no el mismo CIV, pues es necesario diferenciar a cada una de las viviendas. El CIV de cada una de las viviendas se formará a partir de esa RC del edificio y se completará con 4 dÃgitos correlativos como continuación al RC.
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2.3. ¿Qué papel juega el Ayuntamiento a la hora de introducir automáticamente la referencia catastral en el padrón? ¿Se hará mediante una comunicación Catastro-INE? ¿O será mediante una comunicación Catastro-Ayuntamiento?
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Como la Referencia Catastral pasa a ser un dato padronal, cualquier comunicación respecto a una vivienda debe llevar dicho campo. Por ejemplo, cuando un ayuntamiento comunique al INE un alta de una vivienda en dicha comunicación deberá informar la RC, o más concretamente, el CIV. El ayuntamiento tiene acceso a servicios web del Catastro que permiten la identificación hasta el nivel de referencia catastral de bien inmueble. Además, el INE, dentro de su sistema de gestión, validará el contenido de este campo, siempre que sea posible.
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2.4. Una vez se hagan las modificaciones que casen dirección postal y la catastral, ¿Cómo va a manejar Catastro esa información?
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El INE y Catastro están trabajando en la integración de esta información.
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2.5. Si hay diferencias en la dirección de la vivienda en Padrón y la que hay en el Catastro ¿cuál de los dos organismos tendrÃa que modificar esa dirección?
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La dirección válida para la gestión padronal será siempre la del Ayuntamiento. El INE trabajará con Catastro para que Catastro integre la modificación.
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2.6. ¿Qué sucederá cuando la información Catastral no se ajuste a la realidad?
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El ayuntamiento tendrá que trabajar el territorio en Padrón online ajustándose a la realidad. Dentro del proyecto de Padrón online el INE trabajará con Catastro para comunicarles todas las posibles discrepancias y que las corrijan, pero el Padrón online convivirá con el hecho de que las direcciones de Catastro sean distintas. Eso implica que las referencias catastrales de las viviendas estarán asociadas a unas direcciones padronales que podrán ser distintas de las direcciones que tienen en Catastro.
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2.7. Tenemos algunas viviendas ubicadas en cañadas cuyo titular es la Junta de AndalucÃa. Las viviendas no están catastradas y la única referencia es la de la cañada. En principio las incluimos en el fichero de altas de viviendas con esa referencia, asignándoles un número correlativo y con los datos existentes en Catastro. ¿SerÃa más correcto incluirlas como NRC (no se dispone de referencia) o como NVI (no vivienda catastrada) y, en estos casos, también con los datos de localización de la cañada?
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El código NRC está pensado para hogares en los que no se conoce la RC de la vivienda.
El código NVI está pensado principalmente para casos en los que los habitantes están empadronados en lugares que no se corresponden con una vivienda convencional (chabolas, cuevas...).
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2.1. Respecto al concepto "vivienda", a efectos de Padrón de Habitantes, ¿va a equipararse o ser igual al de "vivienda" a efectos catastrales; de otro modo: si únicamente serán "viviendas" de Padrón los inmuebles que tengan atribuido el uso "vivienda" en el Catastro, de forma que únicamente podrán realizarse empadronamientos en inmuebles con uso catastral "vivienda"?
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3. Convocatoria subvenciones. Información general
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3.1. Si un municipio hace los trabajos por su cuenta, ¿puede solicitar alguna subvención?
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No, los ayuntamientos que realicen las tareas por su cuenta no recibirán ninguna subvención. Y si se realizan las tareas "bajo el paraguas de la Diputación", tampoco, al menos directamente. Pues quien recibe la subvención en ese caso es, como entidad beneficiaria la Diputación.
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3.2. ¿Es necesario enviar los documentos de adhesión de los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes que fueron incluidos en las relaciones enviadas por la Diputación o sólo los que se incorporen después?
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Es necesario que los municipios de más de 20.000 habitantes que van a realizar el proyecto bajo el paraguas de la Diputación completen el formulario de adhesión que aparece en la web del MPT y lo suban (en caso de haberlo realizado) al expediente correspondiente de la Diputación.
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3.3. El cuestionario de adhesión, ¿dónde debe ser enviado?
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El modelo oficial se encuentra en el siguiente link: https://mpt.gob.es/dam/es/portal/prtr/transformacion_digital_modernizacion/ayudas_de_transformacion_digital_modernizacion/convocatoria2023-padron/NOTA-PROCESO-DE-ADHESION-DE-ENTIDADES-DE-LA-ORDEN-TER-v2.pdf.pdf Tiene que remitirse firmado a la CCAA.
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3.4. ¿Cómo se inicia el proyecto?
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Para la iniciación de los trabajos se ha de contactar con la Delegación del INE de la provincia a la que pertenece el municipio que se quiere adherir para que remitan los ficheros especÃficos y la GuÃa Técnica con el trabajo a realizar.
No obstante, la GuÃa Técnica se puede encontrar en la página web del MPT: https://mpt.gob.es/prtr/transformacion_digital_modernizacion/ayudas_de_transformacion_digital_modernizacion/convocatoria2023-padron.html
Informamos que los plazos de los trabajos, aunque en la convocatoria se establece que son hasta el 30 de junio de 2025 se ampliarán hasta 18 diciembre de 2025.
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3.5. ¿Qué va a pasar si hay ayuntamientos que no van a hacer el trabajo de adecuación al nuevo programa, porque si no hacen ningún trabajo para ello, creo que el proyecto se queda cojo y hay ayuntamientos que se quedan fuera por lo que no va a haber una coordinación total de los padrones?
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El no participar en el proyecto deja a los ayuntamientos en una situación menos preparada respecto a cuando haya que realizar la implementación de las aplicaciones actuales con el proyecto Padrón online.
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3.6. ¿Qué ventajas o inconvenientes tiene la adhesión?
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La opción de participación es voluntaria.
El trabajo inicial consiste fundamentalmente en la depuración de ficheros de territorio. Más adelante, habrá que adaptar las diferentes aplicaciones.
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3.7. ¿Qué gasto supone para las empresas poder realizar la aplicación informática del Padrón?
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La respuesta es compleja. Depende en gran medida de la situación particular en la que se encuentre cada ayuntamiento y de los desarrollos que haya que realizar.
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3.8. ¿Puede un ayuntamiento que no participa de la subvención, recibir los ficheros asociados a la misma y realizar los trabajos de depuración del territorio?
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SÃ, se les podrá facilitar los ficheros para que realicen los trabajos sin necesidad de participar en la subvención.
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3.9. En relación con la convocatoria de subvenciones del MPT. ¿Cuándo publicará el INE la guÃa técnica para la actuación 2? ¿Avisará el INE a los ayuntamientos?
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La guÃa técnica de la actuación 2 se publicará en el cuarto trimestre de 2024 en la página web que tiene el MPT sobre la convocatoria de subvenciones: https://mpt.gob.es/prtr/transformacion_digital_modernizacion/ayudas_de_transformacion_digital_modernizacion/convocatoria2023-padron.html
Los ayuntamientos y entidades beneficiarias deberán estar atentas a esta página web pues desde el INE no se realizará una comunicación al respecto.
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3.10. GuÃa de Integración para Ayuntamientos Unificada- Sistema Padronal
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Sólo contiene el alta de nacimiento que es uno de los más de diez casos de uso que habrá.
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3.11. En la versión actual de la "GuÃa de Integración para Ayuntamientos – Sistema Territorial" publicada, no figuran Subsecciones. En el formato actual del fichero mensual de Tramos se recogen las subsecciones. ¿Se prevé la inclusión de subsecciones en una próxima versión de la GuÃa de Integración para Ayuntamientos – Sistema Territorial"?
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En la versión "GuÃa de Integración para ayuntamientos – Sistema Territorial" publicada para la realización de la actualización 2 de la subvención, no se contempla la subsección, no es necesario tenerla en cuenta a la hora de realizar el proyecto de adaptación de los sistemas de información actuales de los ayuntamientos.
En el futuro proyecto Padrón online sà que contemplará esta entidad.
Cuando se publique la guÃa final de integración se podrán ver todos los movimientos permitidos para dicha entidad y como se integra en el resto de las entidades.
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3.12. En la versión actual de la "GuÃa de Integración para Ayuntamientos – Sistema Territorial" publicada, no se contempla registro de alta, modificación o baja de pseudovÃas que complementen la vÃa. Vemos que tampoco figura este dato en los movimientos de Aproximación Postal o Hueco. Y se nos plantean la siguiente duda por los casos de pseudovÃas que complementen la vÃa. ¿En el sistema Padrón online, la pseudovÃa que complemente la vÃa se recogerá, según el caso, en los campos "Texto de aproximación postal" o "Texto de Hueco"? Ejemplo de pseudovÃa que complemente la vÃa que podrÃa recogerse en "Texto de aproximación postal": denominación del edificio. Ejemplo de pseudovÃa que complemente la vÃa que podrÃa recogerse en "Texto de hueco": buzón o apartado de correos.
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En la versión "GuÃa de Integración para Ayuntamientos – Sistema Territorial" publicada para la realización de la actualización 2 de la subvención, no se contemplan las pseudovÃas que complementen la vÃa, no es necesario tenerla en cuenta a la hora de realizar el proyecto de adaptación de los sistemas de información actuales de los ayuntamientos.
En futuro proyecto Padrón online sà que contemplará esta entidad como una entidad independiente con un código propio (numérico de 5 posiciones) y una denominación (de 50 posiciones).
Tanto las Aproximaciones Postales como los Huecos podrán estar asociados a dicha pseudovÃa complementaria.
Cuando se publique la guÃa final de integración se podrán ver todos los movimientos permitidos para dicha entidad y como se integra en el resto de las entidades.
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3.13. Viviendas en caminos públicos. Con el artÃculo 75 Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, ¿se debe dar de alta las vÃas y los portales en vÃa pública?
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Correcto.
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3.14. Viviendas en caminos privados. Atendiendo al artÃculo 75 del Reglamento, ¿no se debe entrar dentro de fincas? El portal en la vÃa pública.
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Correcto.
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3.15. ¿La ejecución de los proyectos implica siempre y en todos los casos la cesión de datos padronales a la entidad beneficiaria?
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Para la ejecución del proyecto es necesario realizar unos trabajos especificados por el INE en una guÃa técnica y además también será el INE quien ponga a disposición de entidades beneficiarias o ayuntamientos unos ficheros con los datos de partida para el trabajo a realizar.
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3.16. ¿Las Delegaciones deben exigir compromisos de confidencialidad a los ayuntamientos?
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No, al ser los ayuntamientos dueños de esa información no es necesario exigirles los compromisos de confidencialidad.
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3.17. ¿Quién debe firmar el compromiso de confidencialidad?
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La Delegación es la encargada de contactar con las entidades que vayan a trabajar con los datos para que les hagan llegar los compromisos de confidencialidad de todas las personas que accedan a los ficheros o que trabajen con los mismos.
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3.18. ¿Cómo el Ayuntamiento puede identificar un hogar que en realidad se corresponde con varios?
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Como se indica en la guÃa la tarea consiste en identificar casos en que un hogar realmente se corresponda con varios y por tanto deberÃa tener más de un CIV diferente.
Estos casos suelen corresponderse con direcciones en las que el código de vÃa es '00000', y/o el número es '0000$' y que presentan un número elevado (aunque no siempre es asÃ) de personas empadronadas en ellos, en ocasiones sin vinculación ninguna y sin constituir un colectivo.
Con la información disponible en el ayuntamiento, no solo la incluida en los ficheros, como puede ser el número de hoja padronal, pueden detectarse este tipo de casos, que afortunadamente no son habituales.
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3.19. En el caso de hogares que tienen el mismo CIV asignado, como ejemplo, en una casa dividida en dos plantas, en la que en cada planta vive una familia, pero no tiene división vertical el catastro. ¿Cada uno de los hogares deberÃa tener asignado un CIV distinto?
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Pueden darse dos situaciones:
- Si se trata de dos direcciones padronales diferentes pero que realmente apuntan a una única vivienda (por ejemplo, tipo dúplex) aunque convivan dos familias diferentes, el CIV debe ser el mismo y los datos de partida estarÃan correctos.
- Si se trata de dos direcciones padronales diferentes y se verifica que apuntan a dos viviendas diferentes, pero donde no se ha hecho división vertical en Catastro, y comparten la misma RC a 20 posiciones, el CIV deberÃa ser diferente y se deberÃan modificar los cuatro últimos dÃgitos del CIV original, poniendo uno de ellos como '0001'.
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3.20. Si en una vivienda unifamiliar el propietario lo divide en habitaciones, ¿cada habitación tiene un CIV diferente?
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No. Dentro de una vivienda no se asignarán CIV diferentes a cada una de las habitaciones.
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3.21. En una finca no hay división horizontal y hay más de una vivienda con la misma referencia catastral, ¿el primer sufijo tiene que empezar por "0000" o por "0001"?
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Hay que seguir los pasos especificados en la página 12 de la guÃa técnica: https://mpt.gob.es/dam/es/portal/prtr/transformacion_digital_modernizacion/ayudas_de_transformacion_digital_modernizacion/convocatoria2023-padron/Guia_requisitos_Subvenciones_Padron_Online_21_Jun.pdf.pdf
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3.22. ¿Qué CIV tendrán las infraviviendas, como caravanas, etc en las que está la gente empadronada?
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Esta situación refleja una realidad que se debe permitir en el padrón y se deberá resolver creando un CIV que no se corresponde con ninguna referencia catastral en el fichero de alta de viviendas en donde se completarán las variables que sea posible. Entre otras, el CIV en este caso tendrá el formato PPMMMNVINNNNNNNNNNNNNNNN de tal forma que: o Las posiciones 1-2 se correspondan con el código de provincia o Las posiciones 3-5 se correspondan con el código de municipio o Las posiciones 6-8 se correspondan con los caracteres NVI que significa que no se trata de una vivienda catastrada. o Las posiciones 9-24 sean números asignados de forma correlativa a cada uno de los registros que se encuentran en esta situación.
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3.23. En la GuÃa INE figura que el Registro de Alta de cualquier entidad territorial devolverá error de validación cuando la Fecha del alta sea posterior a 1 de enero del año anterior al actual. ¿No se podrá realizar el registro de omisiones en el INE? Por ejemplo, el alta de una vÃa que no conste en el Callejero INE porque hasta la fecha no ha tenido empadronamientos.
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SÃ, pero con fecha posterior al 1 de enero del año anterior al actual.
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3.24. ¿En el sistema Padrón online, la pseudovÃa que complemente la vÃa se recogerá, según el caso, en los campos "Texto de aproximación postal" o "Texto de Hueco"?
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En la versión "GuÃa de Integración para Ayuntamientos – Sistema Territorial" publicada para la realización de la actualización 2 de la subvención, no se contemplan las pseudovÃas que complementen la vÃa, no es necesario tenerla en cuenta a la hora de realizar el proyecto de adaptación de los sistemas de información actuales de los ayuntamientos.
En futuro proyecto Padrón online sà que contemplará esta entidad como una entidad independiente con un código propio (numérico de 5 posiciones) y una denominación (de 50 posiciones).
Tanto las Aproximaciones Postales como los Huecos podrán estar asociados a dicha pseudovÃa complementaria.
Cuando se publique la guÃa final de integración se podrán ver todos los movimientos permitidos para dicha entidad y como se integra en el resto de las entidades.
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3.25. ¿El informe justificativo que tenemos que realizar sobre los cambios, puede ser en una columna de más en los ficheros HM y VM, o explicamos brevemente qué ha cambiado en cada registro modificado? ¿O tiene que ser en un documento a parte?
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Próximamente se enviarán especificaciones de la información que se deberá remitir y el formato de esta.
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3.26. ¿Cuál será el procedimiento a seguir con los datos posteriores al inicio del 2021?
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No hay ningún problema en que el ayuntamiento facilite alta de viviendas posteriores a la fecha de referencia de los ficheros, 1 de enero de 2021. En cualquier caso, cualquier trabajo encaminado a recopilar las referencias catastrales facilitará la integración con la API que se está desarrollando.
Por otra parte, el INE está empezando a trabajar en el cruce de los datos con Censo Electoral, lo que le permitirá actualizar las direcciones de los hogares a una fecha más reciente. Además, también se está trabajando en la incorporación de aquellas viviendas que no están asociadas a un HOGAR y, por lo tanto, su dirección no se ajusta al modelo de datos de Padrón online.
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3.27. ¿Están activos los servicios web (endpoints) nuevos para pruebas como indica la documentación?
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Las guÃas de integración publicadas tienen como objetivo permitir a las entidades beneficiarias (Diputaciones, Cabildos, Consell...) realizar la actuación 2, consistente en la redacción del proyecto de adaptación de los sistemas de información actuales de los ayuntamientos al nuevo modelo propuesto.
Al no ser necesario para el objeto de la actuación 2 de la Subvención, los servicios aún no están publicados ni accesibles para las entidades.
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3.1. Si un municipio hace los trabajos por su cuenta, ¿puede solicitar alguna subvención?
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4. Convocatoria subvenciones. Ficheros.
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4.1. En relación con la convocatoria de subvenciones del MPT. ¿Cómo recibirán los ayuntamientos los ficheros si la entidad beneficiaria es la Diputación/Cabildo/Consejo/CCAA?
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Los ayuntamientos tienen dos opciones:
- Hacer los trabajos bajo el paraguas de la Diputación/Cabildo/Consejo/CCAA (recibe subvención la entidad beneficiaria)
- Hacer los trabajos de forma independiente (sin subvención)
En la opción 1) los ficheros se envÃan directamente desde el INE hasta la entidad beneficiaria y es necesario la firma de un convenio entre ambas partes. En cada caso será la entidad beneficiaria la que determinará el alcance y los detalles operativos de la participación de los ayuntamientos en la actuación 1.
En la opción 2) los ficheros se envÃan desde el INE hasta el Ayuntamiento Los ayuntamientos que decidan ir por esta vÃa recibirán instrucciones especÃficas para la descarga de los ficheros.
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4.2. En relación con la convocatoria de subvenciones del MPT. ¿Cuándo se recibirán los ficheros?
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En el caso de la opción 1) los ficheros se enviarán directamente desde el INE hasta la entidad beneficiaria una vez se haya firmado el convenio entre ambas partes. En cada caso será la entidad beneficiaria la que determinará el alcance y los detalles operativos de la participación de los ayuntamientos en la actuación 1.
En el caso de la opción 2) los ficheros se enviarán desde el INE hasta el Ayuntamiento a partir del 31 de octubre, pues es la fecha tope que tienen los ayuntamientos para comunicar al INE que quieren realizar estos trabajos.
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4.3. Coordenadas de viviendas, ¿podemos ajustar la posición de algunas viviendas VV?
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Efectivamente, en los ficheros que se envÃen se puede modificar esta información.
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4.4. ¿Cómo podemos conocer las coordenadas de las viviendas y parcelas con el Uso utilizado en los ficheros? (EPSG:25830). Hasta ahora, salvo casos excepcionales, no estamos poniendo coordenadas a las nuevas viviendas).
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Lo mejor es buscar las coordenadas en cartociudad, que permite obtener las coordenadas geográficas y a partir de ahà pasarlas a proyectadas.
El propio IGN tiene una calculadora geodésica en la que te las convierte tanto de forma manual como desde archivo: Calculadora geodésica - Instituto Geográfico Nacional
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4.5. En el fichero de viviendas hay que completar el campo X e Y con las coordenadas UTM. Tanto el campo X como Y en los datos que nos hacéis llegar no hay el punto con los decimales. Se deduce que lo multiplicáis por cien para evitar el decimal para en la importación de los datos, resultando 8 dÃgitos para el campo X y 9 dÃgitos para el campo Y. ¿SerÃa asà como os tonemos que pasar los datos? En cuanto al huso utilizado en las coordenadas UTM, vosotros usáis EPSG:25830 como la mayorÃa del territorial español, en nuestro caso el uso que se utiliza es EPSG:25831. ¿Con qué sistema de referencia de coordenadas os enviamos los datos?
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Con el fin de homogeneizar y poder visualizar los datos en el mismo sistema para todo el territorio nacional, todas las coordenadas se han transformado al sistema de referencia ETRS89 Huso 30. Es decir, las coordenadas enviadas no son incorrectas, sino transformadas. Las dos últimas posiciones son decimales siguiendo el formato utilizado en los ficheros catastrales. Dado que cualquier herramienta GIS de las que se manejan habitualmente permite transformar fácilmente las coordenadas de un sistema de referencia a otro, consideramos que no procederÃa hacer un nuevo envÃo de los ficheros en el sistema de referencia EPSG: 25831.
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4.6. ¿Los registros del fichero HSppmmmA a enviar al INE, por gestión de la Tarea A1, deben tener los mismos datos que el registro del fichero original (HSppmmmI) excepto el campo CIV?
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En este caso se debe asignar el valor del CIV de la Vivienda localizada en el campo CIV del registro del Hogar del fichero HSppmmmA.023 a devolver al INE, el resto de los campos de dicho registro tendrán el mismo valor que en el fichero original.
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4.7. ¿Es obligatorio utilizar la Tabla de caracteres admitidos en los ficheros de intercambio de datos del Padrón (Tabla Fase 2 Ampliada en Consejo de empadronamiento de 6 noviembre 2014) en los ficheros a remitir al INE?
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SÃ, preferiblemente se deberá utilizar la tabla de caracteres de la fase2a del Consejo de Empadronamiento del 6-11-24.
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4.8. ¿La dirección del Alta de una Vivienda con Referencia Catastral debe realizarse con la dirección que conste en Catastro, aunque sea diferente a la dirección padronal del Hogar correspondiente?
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En el fichero de viviendas se deberá cumplimentar la información "formato" Catastro. En el fichero de hogares se deberá cumplimentar la información "formato" INE.
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4.9. En relación a la tarea 4 (Fichero HVppmmmA.23), ¿hay que rellenar el campo CVIA_ DGC?
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En la tarea 4 se deberá cumplimentar el campo CVIA_DGC. En algunos casos sà que será posible su cumplimentación y en otros casos, es posible que esta cumplimentación sea más complicada.
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4.10. Con el objetivo de llegar a un censo de viviendas, los ayuntamientos vamos a recibir tres ficheros (Personas, Hogares y Viviendas) y en ninguno de ellos se refiere al número de hoja padronal (NHOP) pero sà a un campo Hogar como identificador de un grupo de personas que residen juntos. Si no fuera porque se llaman distinto e incluso uno tiene más posiciones que el otro, dirÃamos que tendrÃan la misma funcionalidad. El campo Hogar del fichero de Hogares lo asignará el INE, ¿correcto? ¿Se tendrá en cuenta el campo NHOP para asignar el código de Hogar? En caso contrario ¿Qué algoritmo se usará para asignar el código de Hogar?
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El campo hogar efectivamente es una variable creada por el INE a efectos estadÃsticos para el Censo 2021. Está variable puede guardar relación con el campo hoja padronal (NHOP) pero tiende a mejorar algunas de las carencias que ésta tenÃa. Por ejemplo, hay municipios enteros en donde todos sus habitantes están en la misma hoja padronal, pues el ayuntamiento los ha organizado asÃ. Por tanto, el campo hogar trata de recoger los distintos hogares (viviendas principales) que hay.
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4.11. Fichero de Personas, campos: Sexo: Carácter de 1. En los ficheros de intercambio actuales el sexo es un número 0 hombre 6 mujer. Ahora se pide un carácter, ¿qué valor puede tomar: 0-6 o M-F o V-M? Tipo de Identificador: Carácter de 1. Se refiere al tipo de documento en los ficheros de intercambio actuales, es numérico 0: DNI, 1: Tarjeta de Residencia, etc. Aquà pasa igual que en el anterior al ser del tipo carácter, puede seguir siendo 0-1, o D-T…
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La variable sexo, aunque se haya marcado como varchar2 puede tomar valores numéricos. Y lo mismo sucede con tipo de identificador.
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4.12. En las tareas de depuración de los datos de PERSONAS, HOGARES y VIVIENDAS de 2021. Los campos de APP_CE y HUECO_CE vienen vacÃos en los ficheros. ¿Cómo hay que informarlos?
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Los datos de APP y HUECO están siempre en blanco.
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4.13. Hemos detectado que en el fichero VV las plantas ático y sobreático están denominadas como 1 y 2, respectivamente, sin el sÃmbolo +, imaginamos que es porque es un campo numérico en vez de texto. Esto implica que estas viviendas tengan la misma descripción que la planta primera y segunda, que también son 1 y 2. Suponemos que con las plantas de sótano también sucederá lo mismo, que no aparece el sÃmbolo - y se confundirán con otras plantas. En estos casos, ¿tenemos que hacer las correcciones en el fichero VM y poner los sÃmbolos + y -?
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El fichero VV refleja la información que figura en Catastro dentro de su municipio.
Se pueden hacer todas las aclaraciones que se estimen oportunas que ayuden a mejorar la calidad del contenido del fichero.
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4.14. Hemos detectado viviendas y hogares incorrectos o que ya no existen, y desconocemos como comunicar al INE que se debe efectuar baja de estas viviendas o de estos hogares.
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Baja de viviendas/hogares. Puede remitirse esta información en los ficheros de la tarea A6 (A6HMppmmmA.024 u A6VMppmmmA.024) y en el informe justificativo indicar que son registros para eliminar.
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4.15. ¿Los ficheros correspondientes a los municipios se facilitan desde servicios centrales o es la entidad beneficiaria (Dirección General de Administración Local) quien debe facilitarlos?
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El envÃo deberÃa hacerse a través de la entidad beneficiaria, pero si los ayuntamientos insisten en tener los ficheros y la entidad beneficiaria no se los remite, pueden ser enviados desde la Delegación del INE.
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4.16. En la actuación A4 sobre hogares sin código vÃa catastro, si no existe, ¿lo dejamos en blanco o tenemos que pedir/consultar el alta de vÃa en catastro?
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Si no existe el código se debe pedir el alta a Catastro.
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4.17. ¿El envÃo de ficheros puede hacerse a través de la plataforma de transferencias del INE?
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SÃ, debe hacerse a través de la plataforma de transferencias.
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4.18. Caducidad del enlace y la contraseña para poder descargar los archivos. ¿Cómo volver a descargarlos?
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El Delegado del INE podrÃa hacer llegar los ficheros de nuevo.
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4.19. Se han recibido los ficheros de la Actuación 1 en formato de texto (HSppmmmI.024.txt) y en formato CSV (HSppmmmI.024.CSV). Los ficheros de la Actuación 1 a remitir al INE ¿se pueden enviar sólo en formato CSV (HSppmmmA.025.CSV)? El nombre de los ficheros a remitir al INE ¿incluirá el año de envÃo (025)?
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En próximas fechas se dará información detallada de la información que hay que devolver al INE, su formato, su nombre, el canal por el cual se debe devolver, etc.
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4.20. Se están recibiendo ficheros con 0 registros ¿hay que enviar fichero al INE con 0 registros? ¿Se deberÃa remitir al INE fichero HAppmmmA con 0 registros, cuando no proceda Separar Hogares del municipio (Tarea A5)? ¿Se deberÃa remitir al INE fichero HMppmmmA o VMppmmmA con 0 registros, cuando no haya mejora de los datos de los ficheros de Hogares y Viviendas (Tarea A6)?
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No es necesario enviar al INE ficheros con 0 registros.
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4.21. ¿Los Municipios tienen que enviar los ficheros depurados?
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Deberán hacer un único envÃo con toda la información junta. Además, deberán de cumplimentar cierta información. Se darán instrucciones al respecto.
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4.22. ¿Cómo hacer para probar los ficheros terminados de algunos ayuntamientos (pequeños)?
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Se darán instrucciones próximamente a las Delegaciones de cómo deberán realizar los envÃos.
El envÃo de ficheros de las entidades beneficiarias al INE, en próximas fechas se remitirá un correo a las Delegaciones explicando el procedimiento a seguir.
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4.23. ¿Se ha publicado estructura de los ficheros?
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La información sobre el diseño de registros de los ficheros está disponible en la guÃa técnica que está publicada en: https://mpt.gob.es/prtr/transformacion_digital_modernizacion/ayudas_de_transformacion_digital_modernizacion/convocatoria2023-padron.html Los ficheros se han proporcionado tanto en texto plano como en formato csv.
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4.1. En relación con la convocatoria de subvenciones del MPT. ¿Cómo recibirán los ayuntamientos los ficheros si la entidad beneficiaria es la Diputación/Cabildo/Consejo/CCAA?