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El Reglamento (CE) 1166/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, relativo a las encuestas sobre la estructura de las explotaciones agrícolas y a la encuesta sobre los métodos de producción agrícola y por el que se deroga el Reglamento (CEE) 571/88 del Consejo, establece la necesidad de efectuar en cada país miembro y con referencia a todo el territorio nacional, un censo de las explotaciones agrícolas al menos cada diez años. Habiendo sido realizado en España el último en 1999, de acuerdo con lo previsto en el citado Reglamento 1166/2008, debe llevarse a cabo la encuesta de explotaciones agrícolas en forma de censo en 2009. Real Decreto 972/2009, de 12 de junio, por el que se dispone la formación del Censo Agrario de 2009 Reglamento (Ce) No 1166/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de noviembre de 2008 |