- Censo Electoral
- Competencias de la Oficina del Censo Electoral
Elaboración del Censo Electoral
Competencias de la Oficina del Censo Electoral en la elaboración del censo electoral:
Con la información recibida de los Ayuntamientos, Consulados y encargados del Registro Civil, la Oficina del Censo Electoral procede a la actualización mensual del censo electoral.
El censo electoral actualizado se mantiene a disposición de los interesados para su consulta permanente en los Ayuntamientos, Consulados o en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, donde los interesados pueden presentar reclamaciones a sus datos de inscripción.
En este proceso de elaboración del censo electoral, la Oficina del Censo Electoral tiene las siguientes competencias concretas:
- Puede dirigir instrucciones a los Ayuntamientos, Consulados y a los responsables del Registro Civil.
- Puede inspeccionar ayuntamientos y Consulados.
- Controla y revisa de oficio las altas y las bajas tramitadas por los órganos competentes y elabora un fichero nacional de electores.
- Elimina las inscripciones múltiples que no hayan sido detectadas por los Ayuntamientos y Consulados.
- Resuelve las reclamaciones contra las actuaciones de los órganos que participan en las operaciones censales.