• Censo Electoral
  • Censo electoral de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España para las elecciones municipales y al Parlamento Europeo

Censo electoral de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España para las elecciones municipales y al Parlamento Europeo

Los ciudadanos de la Unión Europea (UE), no españoles, residentes en España, podrán votar en las elecciones municipales y al Parlamento Europeo si están inscritos en el censo electoral y tienen dieciocho años cumplidos el día de la votación.

Para la inscripción en el censo electoral se requiere la inscripción previa en el Padrón del municipio donde resida habitualmente y haber manifestado su voluntad de ejercer el derecho de sufragio en España, en las elecciones municipales, en las elecciones al Parlamento Europeo o en ambas.

La inscripción en el Padrón municipal corresponde a los Ayuntamientos y para llevarla a cabo se debe cumplimentar y presentar la documentación que determine cada Ayuntamiento.

Los electores comunitarios que hayan sido inscritos en el censo electoral permanecerán inscritos en el mismo hasta que soliciten su exclusión o se proceda de oficio a su exclusión por haber dejado de cumplir los requisitos exigidos para el ejercicio del derecho de sufragio activo.